Jurisprudencia
Sentencia del TSJ de Andalucía de 20 de enero de 2016. Renovación de autorización de residencia y trabajo. El plazo trabajado a tiempo parcial debe ser computado en su integridad.
Tipo:
Sentencia
Localización:
Tribunales Superiores de Justicia
Materia:
Autorización de residencia no laboral
Fecha:
20/01/2016
Número de recurso:
217/2014
Ponente:
D. Eduardo Hinojosa Martínez
Fuente:
Nuestro agradecimiento y felicitaciones al letrado, del Ilustre Colegio de Abogados de Cádiz, Carlos Rolín Bautista.
Comentario:
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 4ª) de Andalucía. Sede de Sevilla de 20 de enero de 2016. Renovación de autorización de residencia y trabajo. El plazo que se ha trabajado a tiempo parcial debe ser computado en su integridad, y no al 50% como hace la Administración.
Otras decisiones del mismo TSJ:
- STSJ Andalucía 30.10.2014. Arraigo social: no se puede requerir nada al empleador.
Más información:
- Comunidad Autónoma de Andalucia: recursos en materia migratoria.
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STSJ_Andalucia_20_01_2016 (724 KB)