Jurisprudencia
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares. Sede Palma de Mallorca (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de 30 de mayo de 2017. A los familiares de españoles no se les puede exigir el cumplimiento de los requisitos del art. 7 de la Directiva 2004/38/CE y del art. 7 del RD 240/2007.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares. Sede Palma de Mallorca (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de 30 de mayo de 2017. A los familiares de españoles no se les puede exigir el cumplimiento de los requisitos del art. 7 de la Directiva 2004/38/CE y del art. 7 del RD 240/2007. Si el derecho originario a residir lo es de un español "no se le exigen los requisitos para residir en su propio país. Ordena retroacción actuaciones, cita STA 59/2016 de la SALA del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (con cita de la STUE 18/12/2015 Asunto C-2012/13, McCarthy) y STA 99 de 7 de marzo del 2017 del Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
Decisiones asesoradas por la misma letrada:
- SJCA Palma de Mallorca 29.01.2013. Residencia larga duración.
- STSJ Baleares (Mallorca) 19.03.2013. Concesión de medida cautelar positiva.
- RDGRN 07.02.2015. Estima recurso naturalización denegada por no aportar pasaporte.
- STS 13.02.2015. Confirma la SAN concediendo nacionalidad española.
Más información sobre migración en la CCAA:
Ficheros Asociados
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STSJ_Baleares_30_05_2017 (6,87 MB)