Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1ª) de 10 de abril de 2015. Concede renovación de residencia y trabajo, con la aportación de un precontrato en el recurso de reposición.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunales Superiores de Justicia
Materia: Autorización de residencia no laboral
Fecha: 10/04/2015
Número de recurso: 439/2012
Ponente: D. Pedro Hernández Cordobés
Sentencia: 412/2015
Fuente: Nuestra felicitación a la letrada el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife, Cristina Cabranes Blanco y nuestro agradecimiento al letrado del mismo Colegio, Roberto García Fernández.
Comentario:

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Sala de lo Contencioso-administrativo. Sección 1ª) de 10 de abril de 2015. Concede renovación de residencia y trabajo, con la aportación de un precontrato en el recurso de reposición. A la extrajera le habían denegado su segunda renovación de residencia y trabajo por tener un contrato de empleada de hogar a tiempo parcial con un salario de 400 euros mensuales. En el recurso de reposición presenta otro contrato de media jornada por otros 400 euros. Le deniegan el recurso de reposición y pierde en el Contencioso- Administrativo. El Tribunal Superior sigue sosteniendo que para renovar se necesita un contrato que garantice el SMI, pero sostiene que "en este sector económico en el que se desarrolla su actividad laboral, empleadas del hogar, la contratación a tiempo parcial no es infrecuente, por lo que exigir con un solo contrato que se iguale o supere el SMI, puede resultar desproporcionado para las circunstancias del caso concreto". No obstante el Tribunal entiende que los requisitos del artículo 71.8 en relación con el 71.2.b 1ª) se cumplen con la aportación de otro contrato en "vía de recurso de reposición" "al solo efecto de considerar la obtención de unos ingresos superiores al SMI". El TSJ falla con una condición resolutoria; "reconociendo a la parte su derecho a la renovación, condicionando su eficacia a su afiliación y alta en la Seguridad Social en el plazo de un mes desde la notificación, en relación al pre-contrato indefinido de 20 horas semanales con retribución de 400 euros mensuales, aportado en las actuaciones".

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