Jurisprudencia
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sala 3ª. Sección 5ª) de 24 de noviembre de 2020. Se concede TRFU: nacional de tercer país de 22 años que vive a cargo de su progenitor de nacionalidad española.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sala 3ª. Sección 5ª) de 24 de noviembre de 2020. Residencia de familiar de comunitario. Nacional de tercer país de 22 años que vive a cargo de su progenitor de nacionalidad española. Desestima el recurso de apelación interpuesto por la Subdelegación del Gobierno contra la sentencia dictada en su día y que concedió residencia de familiar de comunitario a la solicitante. El TSJC mantiene las tesis seguidas, en las distintas apelaciones del Abogado del Estado, cuando se da el supuesto defamiliares de ciudadanos de la UE que demuestran la efectiva dependencia económica en el país de origen. En este caso una descendiente que depende de su padre, constando transferencias dinerarias regulares, teniendo la interesada 22 años únicamente en el momento de la solicitud, constando prueba de formaciones en su país, y residiendo allí en vivienda propiedad de su padre. Todo ello lleva a concluir la efectiva dependencia y lleva a conceder la autorización solicitada por la interesada (Texto completo :archivo asociado).
Decisiones dictadas por el mismo Ponente:
Otros casos asesorados por la misma letrada:
- STSJ Madrid 20.02.2015, SAN 20.03.2015 e IJCA Barcelona 10.07.2015, SJCA Madrid 13.11.2015; SJCA Barcelona 22.06.2020 y SJCA Barcelona 15.09.2020.
Decisiones en las que ha intervenido el despacho Antonio Segura García-Consuegra:
Ficheros Asociados
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TSJ_Cataluna_24_11_2020 (1,31 MB)