Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social) de 28 de febrero 2018. Derecho de emigrante retornado a la pensión de jubilación española al no estar percibiendo la reconocida en Venezuela.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunales Superiores de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 28/02/2018
Número de recurso: 4217/2017
Ponente: D. Carlos Villarino Moure
Comentario:

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social) de 28 de febrero 2018. Derecho de emigrante retornado a la pensión de jubilación española al no estar percibiendo la reconocida en Venezuela. Jubilación no contributiva. Derecho de la solicitante a percibir la pensión de jubilación en la modalidad no contributiva, al no superar los ingresos percibidos por la unidad económica el límite de acumulación de recursos, dado que las pensiones reconocidas por Venezuela a la solicitante y a su cónyuge al no estar siendo abonadas de forma efectiva no se computan a efectos de determinar los ingresos de la unidad económica. Diario La Ley, núm. 9271, Sección Jurisprudencia, 3 de octubre de 2018. 

Fuente: ECLI: ES:TSJGAL:2018:2893

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