Jurisprudencia
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social) de 28 de febrero 2018. Derecho de emigrante retornado a la pensión de jubilación española al no estar percibiendo la reconocida en Venezuela.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social) de 28 de febrero 2018. Derecho de emigrante retornado a la pensión de jubilación española al no estar percibiendo la reconocida en Venezuela. Jubilación no contributiva. Derecho de la solicitante a percibir la pensión de jubilación en la modalidad no contributiva, al no superar los ingresos percibidos por la unidad económica el límite de acumulación de recursos, dado que las pensiones reconocidas por Venezuela a la solicitante y a su cónyuge al no estar siendo abonadas de forma efectiva no se computan a efectos de determinar los ingresos de la unidad económica. Diario La Ley, núm. 9271, Sección Jurisprudencia, 3 de octubre de 2018.
Fuente: ECLI: ES:TSJGAL:2018:2893
Otras decisiones dictadas por el TSJ de Galicia:
- STSJ Galicia. A Coruña 06.04.2016. Confirma expulsión y la posibilidad de multa para las circunstancias excepcionales recogidas en el artículo 6 de la Directiva 2008/115/CE.
- STSJ Galicia. A Coruña 25.04.2015. Eventual TFUE a la abuela de una española naturalizada.
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