Jurisprudencia
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de 1 de octubre de 2010. Concesión de visado de reagrupación familiar.
Tipo:
Sentencia
Localización:
Tribunales Superiores de Justicia
Materia:
Visado
Fecha:
01/10/2010
Fuente:
.Nuestro agradecimiento y felicitación al letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo, Federico Fernández Álvarez Recalde.
Comentario:
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de 1 de octubre de 2010. Visado de reagrupación familiar. Denegado por el Consulado por entender que el matrimonio lo fue en fraude de ley y que hay separación de hecho. La Sentencia estima el recurso, concede el visado, sobre la base de que el matrimonio pasó previamente el “filtro del Registro Civil”. El matrimonio se había celebrado en Oviedo por poderes. En cuanto a la separación de hecho la Sala concluye que dado que el marido es el actor en el recurso prueba que hay un intento de normalizar la situación personal, pese a que la propia Sala entiende “que es sospechoso al tiempo de su celebración”.
Normativa analizada:
- Instrucción DGRN de 31 de enero de 2006, sobre los matrimonios de complacencia (www.migrarconderechos.es/legislationMastertable/legislacion/Instruccion_DGRN_31_01_2006).
Ficheros Asociados
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