Jurisprudencia
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de 2 de octubre de 2015. Estimatoria visado estancia.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de 2 de octubre de 2015. Estimatoria visado estancia. Estima recurso frente a resolución anterior de la embajada de España en Abu Dhabi denegatoria de visado de estancia afavor de ciudadano pakistaní residente en dicho país. Rechaza causa inadmisiblidad planteada por Abogacía del Estado sobre legitimación activa (el recurso lo interpone el invitante, de nacionalidad española, no el invitado) reinterpretando el articulo 28 del R.D. 557/2011, admitiendo también interés legitimo en quien invita al ser tío del invitado. Análisis de los artículos 5, 10 y 15 del Convenio de Schengen, en relación con el artículo 14 y siguientes del Reglamento CE810/2009, de 13.07.2009 sobre requisitos para concesión de visados estancia corta duración. El invitado dispone de trabajo y recursos económicos propios en Abu Dhabi, y cobertura gastos alojamiento invitante en España, por lo que existen garantías regreso conforme instrucción consular común, de 22.12.2006. Ausencia de entrevista directa del invitado en la embajada de España en Abu Dhabi, ante la nueva tramitación de dichos visados a través de la enigmática empresa hindú vfs-global a quien se ha externalizado su diligenciamiento. Condena en costas a la administración (300€). La sentencia es firme.
Otras decisiones del mismo Ponente en 2015:
- STSJ Madrid 20.02.2015. Visado a hijos de un marroquí naturalizado español.
- STSJ Madrid 02.03.2015. Visado de estancia.
- STSJ Madrid 04.05.2015. Visado de reagrupación familiar.
Ficheros Asociados
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STSJ_Madrid_02_10_2015 (2,82 MB)