Jurisprudencia
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección 1ª) de 21 de noviembre de 2016. Denegación visado de residencia por reagrupación familiar en régimen comunitario.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección 1ª) de 21 de noviembre de 2016. Desestima recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución de 18 de diciembre de 2015, del Consulado General de España en Santo Domingo (República Dominicana), desestimatoria del recurso de reposición formulado frente a la anterior Resolución de 1 de septiembre de 2015, por la que se denegó un visado de residencia por reagrupación familiar en régimen comunitario. La resolución impugnada examinó también las circunstancias personales y familiares concurrentes en este caso, destacando que la actora tiene un hijo en la República Dominicana (algo que ni siquiera se ha negado en el escrito rector de este proceso, menos aún alegado al respecto), y que convive con otros familiares que también reciben remesas del familiar comunitario. Todo ello considerando, además, que nada se ha acreditado sobre la situación de quien aparece como padre de la recurrente, según el Acta Inextensa de Nacimiento. La falta de acreditación de los hechos alegados por parte de la demandante para desvirtuar lo razonado y resuelto en el acto administrativo impugnado, conlleva la necesidad de aplicar la presunción de legalidad del mismo y, por ello, de rechazar las pretensiones ejercitadas en la demanda, desestimando el presente recurso.