Jurisprudencia
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de Madrid de 31 de enero de 2020. Concede visado a ascendiente en régimen general.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 1ª) de Madrid de 31 de enero de 2020. Concede visado a ascendiente en régimen general. Como puede observarse, la Administración acude a un motivo inadecuado para denegar el visado dado que no se trata de una reagrupación en régimen comunitario sino general, siendo así que el artículo 17.1 d) LOEX exige no una situación de una dependencia económica (que es lo que ha analizado la demandada) sino de necesidad en la solicitante. Las circunstancias descritas en torno la misma (edad, estado civil y ausencia de otros descendientes) evidencian una situación de vulnerabilidad, física y afectiva, susceptible de ser calificada como un supuesto de necesidad de convivencia con su hijo reagrupante y, por tanto, hace que devenga procedente el otorgamiento del visado (texto completo: archivo asociado).
Otras decisiones recientes asesoradas por la misma letrada:
- SJCA Tenerife 01.06.2016. Concede TFUE ascendiente de española.
- STSJ Canarias. Sede Tenerife 09.06.2017. Reagrupación de cónyuge en segundas nupcias.
- SJCA Tenerife 29.06.2017. Concede TFUE a pareja estable.
- SJCA Tenerife 09.10.2017. Concede TFUE familia extensa: hermana.
Ficheros Asociados
-
STSJ_Madrid_31_01_2020 (642 KB)