Sentencia del Tribunal Superior del País Vasco (Sala de lo Social) de 15 de abril de 2014. Denegación del subsidio de desempleo por no ser miembro de la unidad familiar el sobrino desplazado para estudiar en España

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunales Superiores de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 15/04/2014
Número de recurso: 530/2014
Ponente: D. Manuel Díaz de Rábago Villar
Sentencia: 731/2014
Fuente: Diario La Ley
Comentario:

Sentencia del Tribunal Superior del País Vasco (Sala de lo Social) de 15 de abril de 2014.  Desempleo. Denegación del subsidio de desempleo por no tener responsabilidades familiares. Imposibilidad de incluir en el cómputo de la unidad familiar a un sobrino menor de edad tutelado por el reclamante. Poder otorgado por los padres del menor ante las autoridades de la República Árabe Saharaui Democrática (RASD). Clara diferenciación de la figura del derecho saharaui del acogimiento para la estancia temporal de su estudio, además de la guardia y custodia y la responsabilidad de sus actos ante las autoridades competente de la del acogimiento regulado por el derecho español ante situaciones de desamparo. Convivencia del menor con sus tíos no equiparable a la situación del menor acogido ya que deriva de su propia voluntad y no de un deber legal. Denegación del subsidio de desempleo por no ser miembro de la unidad familiar el sobrino desplazado para estudiar en España. La noción de responsabilidades familiares, a los efectos del acceso al subsidio de desempleo, solo puede ser entendida respecto a las que resultan de cualquier familiar o menor que tiene a su cargo el trabajador solicitante, y más concretamente respecto a los hijos de edad inferior a 26 años o mayores de edad incapacitados y menores de edad en régimen legal de acogimiento familiar. (Texto completo).

Algunos fallos del TSJ de País Vasco del 2014:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León