Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 5ª) de 22 de julio de 2014. No cabe autorización provisional cuando no hay arraigo familiar.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunales Superiores de Justicia
Materia: Autorización de residencia no laboral
Fecha: 22/07/2014
Número de recurso: 287/2013
Ponente: Dña. Rosário Vidal Más
Sentencia: : 588/2014
Fuente: Cendoj.
Comentario:

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia (Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección 5ª) de 22 de julio de 2014. Estudio de las medidas cautelares positivas y negativas. Denegación de la renovación de la autorización. No cabe autorización provisional cuando no hay arraigo familiar

Fundamentos de Derecho:

  • "Pues bien, en el presente caso de las actuaciones remitidas a esta Sala en el recurso de apelación de esta Pieza, no se desprenden las circunstancias para la concesión de la medida cautelar, como hemos visto, ya que venimos manteniendo en esta Sección 5ª que sólo en supuestos muy excepcionales y que muestren un especial arraigo familiar/personal cabrá reconocer el derecho a lograr la concesión de una medida consistente en la renovación del permiso de residencia y trabajo durante el tiempo al que alcance el contencioso-administrativo. Ese especial arraigo familiar/personal requiere, en la mayor parte de los casos - entendemos-, la tenencia de hijos menores de edad que dependan económicamente del progenitor que haya solicitado la medida cautelar, circunstancias que en el presente caso no concurren y, por tanto, debemos desestimar el presente recurso de apelación y mantener en su integridad el Auto de instancia, desestimando la solicitud de suspensión cautelar, sin que pueda suspenderse la obligación de salida inherente a la denegación de la renovación por no haber sido solicitado".

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