Jurisprudencia
STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 9 de julio de 2018. TS condena al Estado español por incumplir el cupo de reubicación de solicitantes de asilo que le asignó la UE en 2015.
STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 9 de julio de 2018. Derecho de asilo. Mecanismo de reubicación de demandantes de protección internacional adoptado por la UE en apoyo de Italia y Grecia. Decisiones (UE) 2015/1523 y 2015/1601. Eficacia directa. Posible control de su cumplimiento por los Tribunales nacionales, atendiendo a la acción ejercitada por personas o entidades legitimadas. Carácter vinculante y obligatorio. Incumplimiento parcial por España. No ha atendido sus obligaciones de ofertar plazas y de hacer efectivas las reubicaciones que se le impusieron. Transcurridos más de 6 meses del vencimiento del plazo establecido, el balance de cumplimiento es inferior al 13%. Condena el Estado español a continuar la tramitación en los términos previstos en las Decisiones y de conformidad con los acuerdos que en lo sucesivo adopten las instituciones comunitarias. Ejecución Decisiones Comunitarias de inhibición de refugiados. Protección internacional. Incumplimiento del Estado. Se condena al Estado español por incumplir parcialmente sus obligaciones administrativas de tramitación de solicitudes de asilo de refugiados procedentes de Grecia y de Italia. Las decisiones comunitarias incumplidas eran de carácter vinculante y obligatorio, sin que las dificultades administrativas eximan de las obligaciones de reubicación. Se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo.Condena al Estado por incumplir su obligación de tramitar las solicitudes de asilo de 19.449 refugiados. Texto completo (archivo asociado).
Fuente: ECLI: ES:TS:2018:2546; Diario La Ley, núm. 9266, de 25 de septiembre de 2018. Iustel. Diario Del Derecho, de 22 de noviembre de 2018.
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