STS (Sala 3ª. Sección 3ª) de 11 de octubre de 2016. Denegación de visado. La calidad de miembro de la familia "a cargo".

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Supremo
Materia: Visado
Fecha: 11/10/2016
Número de recurso: 1177/2016
Ponente: D. José María del Riego Valledor
Sentencia: 2203/2016
Fuente: Cendoj.
Comentario:

STS (Sala 3ª. Sección 3ª) de 11 de octubre de 2016Reagrupación comunitaria. Denegación de visado. La calidad de miembro de la familia "a cargo" resulta de una situación de hecho que se caracteriza porque el ciudadano comunitario que ejerció el derecho de libre circulación o su cónyuge garantizan los recursos necesarios para la subsistencia del miembro de la familia. No obstante, las transferencias periódicas de dinero por parte del reagrupante pueden ser un elemento que sirve para acreditar esa dependencia económica, aunque no puede considerarse el único elemento que demuestre la dependencia económica del solicitante del visado.

Fuente: Poder Judicial.es.

Otras decisiones dictadas por el mismo Magistrado-Ponente:

  • STS 26.10.2015. Confirma expulsión por participar en actividades contrarias a la seguridad nacional.
  • STS 19.10.2015. Obligatoriedad de asistencia letrada al tiempo de solicitar el asilo.
  • STS 02.11.2015. Denegación de solicitud de protección internacional presentada en puesto fronterizo.
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Coordinado por: Universidad de León