STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 11 de diciembre de 2019. Arraigo no precisa comprobar los medios económicos del empleador.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Supremo
Materia: Autorización de residencia no laboral
Fecha: 11/12/2019
Número de recurso: 6233/2018
Ponente: Dña. Inés María Huerta Garicano
Sentencia: 1695/2019
Fuente: Nuestra felicitación al letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Julio Santos Martín; y nuestro agradecimiento al letrado del mismo Colegio, Marcelo Belgrano Ledesma.
Comentario:

 

STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 11 de diciembre de 2019. Arraigo no precisa comprobar los medios económicos del empleador. Interpretación del art. 124.2 en relación con el art. 64.3.d) Reglamento Extranjería.

Fundamentos de Derecho:.

  • Tercero. Para la concesión de autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo no son exigibles las garantías del art. 64.3.d) del Reglamento de la LOEX, prevista únicamente para las autorizaciones temporales de residencia y trabajo por cuenta ajena, y para el resto de las autorizaciones de residencia reguladas en el Título V del Reglamento (en virtud de la remisión expresa que el art. 129.2 hace a los requisitos establecidos en los apartados b), c), d), e) ,y, f) del tan citado art. 64.3), y todo ello sin perjuicio de que la Administración, en uso de su potestad de control y siempre que no tenga por cierto el contrato presentado, pueda probar la inexistencia material del contrato o su evidente falta de viabilidad, en cuyo caso podrá denegar la autorización mediante resolución motivada justificativa de esa decisión (Texto completo: archivo asociado).

Fuente: © Poder Judicial.es.

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