Jurisprudencia
STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 13 de octubre de 2020. Naturalización por residencia: se desestima lesividad por delitos penados con posterioridad a la concesión.
STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 13 de octubre de 2020. Solicitud de nacionalidad española. Delitos penados con posterioridad a la concesión. Para anular una concesión de nacionalidad española por falta del requisito de buena conducta cívica el hecho delictivo cometido por el ciudadano tiene que estar ya penado. La sentencia no cuenta con el respaldo unánime de la Sala. El Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Nacional que se anula, desestimando el recurso de lesividad deducido por el Abogado del Estado que anuló la resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 5 de septiembre de 2015 que había otorgado al interesado la nacionalidad española por residencia. Contiene el voto particular firmado por el magistrado Borrego Borrego que defiende que si los hechos se cometieron antes del otorgamiento es incompatible con el requisito de buena conducta. Diario La Ley, núm. 9754, Sección Jurisprudencia, 15 de Diciembre de 2020, Wolters Kluwer.
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Comentario relacionado:
Otras decisiones de la misma Ponente:
- STS 11.09.2020. No conforme a derecho la realización simultánea de grado u homologación y máster.
- STS 03.06.2016; ATS 26.01.2018; ATS 16.02.2018; STS 01.02.2019; STS 21.10.2019 y STS 11.12.2019.