STS (Sala 1ª. Sección 1ª) de 15 de febrero de 2017. Publicidad en buscadores mediante marcas notorias.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Supremo
Materia: Otros
Fecha: 15/02/2017
Número de recurso: 1475/2014
Ponente: D. Rafael Saraza Jimena
Sentencia: 94/2017
Comentario:

STS (Sala 1ª. Sección 1ª) de 15 de febrero de 2017. Caso «ORONA». Publicidad en buscadores mediante marcas notorias. El anuncio de Citylift al que remite el enlace patrocinado en el que la palabra «orona» es utilizada como palabra clave o keyword propone una tentativa a los servicios el titular de la marca notoria, sin ofrecer una imitación de tales servicios, sin causar una dilución de la marca y sin menoscabar sus demás funciones, por lo que supone una competencia sana y leal en el sector de los servicios de mantenimiento de ascensores que, por tanto, constituye la «justa causa» que excluye la antijuridicidad de la conducta. Por tal razón, si consiguen superar el control propio de la Ley de Marcas, no es posible que esos mismos hechos constituyan competencia desleal por las mismas razones relevantes para realizar el enjuiciamiento de la licitud de su conducta con base en la normativa marcaria.

Fuente: © Poder Judicial.es.

Comentario doctrinal:

Otras decisiones del mismo Ponente:

  • STS 06.02.2014. y ATS 02.02..2015: gestación por sustitución. 
  • STS 13.01.2015. Responsabilidad civil. Indemnización accidente aéreo 2002 en el lago Constanza, daños por productos defectuosos.
  • STS 05.04.2016. Google Spain puede ser demandada en un proceso civil sobre protección de los derechos fundamentales.
  • STS 10.01.2017. Reglamento 44/2001. Acumulación de acciones frente a demandados domiciliados en distintos Estados de la UE. 
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León