Jurisprudencia
STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 15 de octubre de 2020. Derecho a solicitar asilo. Embajadas españolas.
STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 15 de octubre de 2020. Protección internacional. Asilo. Petición formulada en embajada de España de tercer país. Alcance del art. 38 de la ley 12/2009. Régimen jurídico. Desarrollo reglamentario, riesgo para la integridad física en país de origen. En la decisión el TS reconoce el derecho a solicitar asilo fuera de España en Embajadas. El embajador, en el marco de sus funciones, tiene la facultad para que, si según su criterio la integridad física de esa persona corre peligro, se lleve a cabo el traslado al territorio nacional, lo que implica facilitar un visado en su caso y eventualmente obtener un billete de avión de ida a España que siempre requerirá una autorización previa de este Ministerio
Fuente: © Poder Judicial.es.
Bibliografía:
Noticia relacionada:
- El Tribunal Suprem reconeix el dret dels sol·licitants d’asil que es troben fora del territori a demanar asil en ambaixada. © Stop Mare Mortum.org
Otras decisiones del mismo ponente:
- STS 05.10.2020. El TS excluye la expulsión del extranjero con antecedentes penales por ser progenitor de un menor español a su cargo.
- STS 05.10.2020. Valoración de las circunstancias del caso al aplicar la sanción de expulsión por estancia irregular y de prohibición de entrada.
- STS 23.11.2020. Anula expulsión de residente de larga duración por aplicación directa del art. 57.2 Loex sin examinar las circunstancias concurrentes.
- STS 14.11.2012, STS 28.11.2012, STS 09.03.2015, STS 15.06.2015, STS 21.12.2015; STS 07.11.2016; STS 21.11.2016; STS 31.05.2018; STS 09.07.2018; STS 05.02.2019; 11.02.2019; 24.02.2020 y 29.07.2020.