Jurisprudencia
STS (Sala 4ª. Sección 4ª) de 17 de diciembre de 2019. Bigamia. Marruecos. Pensión de viudedad a repartir entre ambas esposas. Estimación.
STS (Sala 4ª. Sección 4ª) de 17 de diciembre de 2019. La pensión a dos viudas de un polígamo marroquí. Bigamia. Marruecos. Pensión de viudedad a repartir entre ambas esposas. Precedente. Estimación. La Abogacía del Estado, sin embargo, argumentaba que el Código Civil establece que "en ningún caso tendrá aplicación la Ley extranjera cuando resulta contraria al orden público" y que, por tanto, ese artículo del Convenio con Marruecos era irrelevante. Pero los jueces del Supremo sí que dan valor a ese Convenio: "La existencia del citado Convenio Internacional de carácter bilateral pone de relieve que en nuestro propio ordenamiento jurídico existe un concreto efecto reconocible para los matrimonios polígamos de súbditos marroquíes".
Fuente: © Cendoj.es.
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