Jurisprudencia
STS (Sala 3ª. Sección 3ª) de 21 de julio de 2015. deniega el derecho de asilo y se otorga la protección subsidiaria a una mujer nigeriana testigo protegido contra una red de trata de personas.
STS (Sala 3ª. Sección 3ª) de 21 de julio de 2015. Se deniega el derecho de asilo y se otorga la protección subsidiaria a una mujer nigeriana testigo protegido contra una red de trata de personas. Confirma la Sala la resolución que denegó a la actora, natural de Nigeria, el derecho de asilo pero le concedió la protección subsidiaria. Considera que la persecución descrita por la recurrente no es incardinable en ninguno de los motivos previstos por la Convención de Ginebra de 1951, pues como en la propia demanda se reconoce, no se encuentra perseguida por las autoridades de su país ni tiene problema alguno con ellas, sino que teme por la persecución a la que ella o su familia se verían sometidas en el caso de retornar a Nigeria por parte de las personas que integran una red de trata de personas, sin que el Estado nigeriano pueda protegerla frente a dicho riesgo.
Fuente: iustel.es.
Otras decisiones dictadas por el mismo Ponente:
- STS 17.05.2011. Extranjeros. Autorización inicial de trabajo. Competencias autonómicas.
- STS 26.07.2011. Autorización de residencia por colaboración del solicitante con las autoridades policiales.
- STS 16.12.2011. Visado. Reagrupación ascendientes de española por naturalización.
- STS 27.12.2012. Visado. Reagrupación familiar.
- STS 15.04.2014. Prorrogar la tarjeta de estudios durante los 90 días posteriores al fin de su validez.
- STS 10.06.2014. Multa por blanqueo de capitales por sacar de España dinero sin haberlo declarado.
- ATS 08.04.2015. TS rectifica el fallo de los CIES.