Jurisprudencia
STS (Sala 2ª. Sección 1ª) de 24 de julio de 2019. Es delito de trata de seres humanos la actividad de los clubs de carretera donde se esclaviza a mujeres extranjeras.
STS (Sala 2ª. Sección 1ª) de 24 de julio de 2019. Considera que es delito de trata de seres humanos la actividad de los clubs de carretera donde se "esclaviza" a mujeres extranjeras. La Sala ha confirmado las condenas impuestas a dos responsables y a tres miembros de una organización de trata de seres humanos que obligaba a prostituirse en distintos clubs de alterne de Córdoba, y A Coruña a cuatro mujeres, dos de ellas niñas, traídas de Nigeria mediante engaño. Por un lado, ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el jefe de la red, David., y su pareja, Tomasa., contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que les impuso 39 años y dos meses de prisión por dos delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual sobre persona menor de edad, por un delito cometido sobre persona mayor de edad, un delito de prostitución coactiva y un delito de inmigración ilegal. Por otro lado, estima de forma parcial los recursos planteados por los otros tres condenados contra la misma sentencia. En el caso de dos de ellos -Damaso. y Cipriano.- la estimación parcial supone una rebaja de tres años de la pena de prisión -de 39 años y dos meses a 36 años y dos meses por los mismos delitos que los anteriores- ya que fueron condenados por la Audiencia Provincial de Madrid a más años que los que había solicitado el fiscal, lo que supone una vulneración del principio acusatorio. Para Virtudes, la estimación de su recurso implica la anulación de la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de la multa que se le impuso, pero se mantiene intacta la pena de 13 años y dos meses de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Madrid Sala examina las distintas fases en las que se articula el delito de trata de seres humanos, según la Oficina de las Naciones Unidas contra la droga y el delito y reitera la jurisprudencia de la Sala sobre el delito de trata de seres humanos que afirma que se cometen tantos delitos como víctimas, por lo que no es posible considerar un único delito ni un delito continuado (Texto decisión: archivo asociado).
Noticia relacionada:
Comentario doctrinal:
- Mariano Calleja.: “Diferencias entre el delito de trata de seres humanos y de inmigración ilegal”. Confilegal.com (30/09/2019).
Otros fallos del mismo magistrado ponente:
- STS 12.07.2017. Despacho de abogados que estafa a clientes extranjeros rellenando solicitudes administrativas para obtener permisos de residencia.