STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 30 de septiembre de 2019. Deniega residencia a progenitor de menor español a cargo: motivos de órden público.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal Supremo
Materia: Expedientes sancionadores (retorno, devolución, multa o expulsión)
Fecha: 30/09/2019
Número de recurso: 7101/2018
Ponente: D. Octavio Juan Herrero Pina
Sentencia: 1270/2019
Fuente: ECLI: ES:TS:2019:3060
Comentario:

STS (Sala 3ª. Sección 5ª) de 30 de septiembre de 2019. El TS establece cómo actuar ante la solicitud de residencia temporal por arraigo de un padre con antecedentes penales. Interés casacional. Extranjeros. Residencia temporal. Solicitud de autorización por circunstancias excepcionales. Se confirman las resoluciones que denegaron la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales de arraigo familiar formulada por ciudadano de tercer país invocando su condición de progenitor de menor a su cargo, nacional del Estado de acogida, en este caso España. Existencia de antecedentes penales. Valoración de la concurrencia de circunstancias del caso en relación con la efectividad de los derechos del menor amparados por el Derecho de la Unión. Posibilidad de limitación o denegación de la autorización por razones de orden público y la salvaguarda de la seguridad pública, que ha de ser objeto de interpretación estricta, pero teniendo en cuenta el derecho al respeto de la vida privada y familiar, tal como se enuncia en el art. 7 Carta de Derechos, en relación con la obligación de atender al interés superior del niño, reconocido en el art. 24.2 de la Carta. El TS estima el recurso de interés casacional interpuesto, casa la sentencia del TSJ Castilla-La Mancha, y desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto, confirma las resoluciones de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, que denegaron la autorización de residencia por circunstancias excepcionales solicitadaDiario La Ley, núm. 9539, Sección Jurisprudencia, 18 de de diciembre de 2019, Wolters Kluwer. 

Comentario:

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