STJUE (Sala Sexta) de 19 de abril de 2018. Prórroga de competencia en caso de solicitud de autorización judicial para repudiar una herencia por cuenta de un menor.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Competencia judicial internacional
Fecha: 19/04/2018
Comentario:

STJUE (Sala Sexta) de 19 de abril de 2018. Asunto C‑565/16 (Saponaro y Xylina). Procedimiento prejudicial. Cooperación judicial en materia civil. Competencia, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental. Reglamento (CE) núm. 2201/2003. Órgano jurisdiccional de un Estado miembro ante el que se presenta una solicitud de autorización judicial para repudiar una herencia por cuenta de un menor. Competencia en materia parental. Prórroga de la competencia. Artículo 12, apartado 3, letra b). Aceptación de la competencia. Requisitos. Art. 12.3.b) del Reglamento 2201/2003: prórroga de competencia en caso de solicitud de autorización judicial para repudiar una herencia por cuenta de un menor.

Fallo del Tribunal:

  • "En una situación como la del litigio principal, en la que los progenitores de un menor, que residen de forma habitual con este en un Estado miembro, han presentado en nombre de ese menor una solicitud de autorización para repudiar una herencia ante un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro, el artículo 12, apartado 3, letra b), del Reglamento (CE) núm. 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1347/2000, debe interpretarse en el sentido de que:
    – la presentación de una solicitud de forma conjunta por parte de los progenitores del menor ante el órgano jurisdiccional de su elección constituye una aceptación inequívoca de dicho órgano jurisdiccional por parte de estos;
    – un fiscal que, según el Derecho nacional, es parte de pleno derecho en el procedimiento iniciado por los progenitores constituye una «parte en el procedimiento» en el sentido del artículo 12, apartado 3, letra b), del Reglamento núm. 2201/2003. La oposición expresada por esa parte respecto a la elección del órgano jurisdiccional efectuada por los progenitores del menor después del momento en que se presentó el asunto ante el órgano jurisdiccional impide que pueda considerarse aceptada la prórroga de la competencia por todas las partes en el procedimiento en ese momento. A falta de tal oposición, puede considerarse que el consentimiento de dicha parte es implícito y que concurre el requisito de aceptación de la prórroga de la competencia de forma inequívoca por todas las partes en el procedimiento en el momento de presentar el asunto ante el órgano jurisdiccional, y
    – la circunstancia de que la residencia del causante en el momento de su fallecimiento, su patrimonio, objeto de la sucesión, y el pasivo de la herencia estuvieran situados en el Estado miembro del órgano jurisdiccional elegido permite considerar, a falta de elementos que demuestren que la prórroga de la competencia podría incidir negativamente sobre la situación del menor, que tal prórroga de la competencia responde al interés superior del menor". 

Procedimiento:

Otras decisiones publicadas en el mismo DOUE:

  • STJUE 10.04.2018. Uber France presta un "servicio en el ámbito del transporte" y no un servicio de la sociedad de la información.
  • STJUE 10.04.2018. Un EM puede extraditar a un tercer Estado un ciudadano de la UE, nacional de otro EM.
  • STJUE 12.04.2018. Se considera "menor" a efectos solicitud de asilo la persona que lo es en el momento de la solicitud.
  • STJUE 17.04.2018. Derecho a la protección reforzada contra la expulsión del territorio de los ciudadanos de la Unión Europea con residencia permanente.

Otras decisiones del TJUE adoptadas en abril de 2018:

  • STJUE 24.04.2018. Nacional de tercer país que fue víctima de torturas en su país puede solicitar la protección subsidiaria si corre riesgo real de verse deliberadamente privado de tratamiento adecuado a su estado de salud en ese país. 
  • Conclusiones 10.04.2018. Aplicación analógica de la Directiva 2004/38/CE al derecho residencia de nacional de tercer país que es miembro de la familia extensa de un ciudadano UE.
  • Conclusiones 25.04.2018. Puesta a disposición en portal internet de obra protegida accesible a todos los internautas en otro portal internet y copia de la obra sin el consentimiento del titular del derecho de autor.
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