Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Ourense (España) el 2 de noviembre de 2012.

Tipo: Recurso
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Obligaciones contractuales
Fecha: 02/11/2012
Número de recurso: C-487/12
Comentario:

Asunto C-487/12. Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Ourense (España) el 2 de noviembre de 2012. Vueling Airlines S.A./Instituto Galego de Consumo de la Xunta de Galicia.

Cuestión prejudicial:

  • ¿Debe interpretarse el artículo 22, apartado 1, del Reglamento (CE) núm. 1008/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, en el sentido de que se opone a una norma nacional (artículo 97 de la Ley 48/1960 de Navegación Aérea) que obliga a las compañías de transporte aéreo de viajeros a reconocerles en todo caso a los pasajeros el derecho a facturar una maleta sin sobrecoste, ni recargo en el precio base del billete contratado?".

Procedimiento:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León