Jurisprudencia
STJCE (Sala Primera) de 17 de septiembre de 2009. Acuerdo de Asociación CEE-Turquía. Libre circulación de los trabajadores.
Tipo:
Sentencia
Localización:
Tribunal de Justicia
Materia:
Otros
Fecha:
17/09/2009
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Comentario:
STJCE (Sala Primera) de 17 de septiembre de 2009. Acuerdo de Asociación CEE-Turquía. Libre circulación de los trabajadores.
Introducción de tasas administrativas para la obtención de un permiso de residencia en el Estado miembro de acogida. Infracción de la cláusula de “standstill” recogida en el artículo 13 de la Decisión núm. 1/80 del Consejo de Asociación..
En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Primera) declara:
- "El artículo 13 de la Decisión núm. 1/80, de 19 del septiembre de 1980, relativa al desarrollo de la Asociación, adoptada por el Consejo de Asociación instituido por el Acuerdo por el que se crea una Asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía, debe interpretarse en el sentido de que se opone a la introducción, posterior a la entrada en vigor de dicha Decisión en el Estado miembro de que se trata, de una normativa interna, como la controvertida en el litigio principal, que condiciona al pago de tasas administrativas la concesión de un permiso de residencia o la prórroga de la validez del mismo, cuando el importe de dichas tasas a cargo de nacionales turcos es desproporcionado en comparación con el exigido a los ciudadanos comunitarios".