STJCE (Sala Primera) de 19 de febrero de 2009. Asunto C-228/06 Mehmet Soysal, Cengiz Salkim, Ibrahim Savatli/Bundesrepublik Deutschland. Acuerdo de Asociación CEE-Turquía. Libre prestación de servicios. Necesidad de disponer de un visado para ser admitido en el territorio de un Estado miembro.

Tipo: Sentencia
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Otros
Fecha: 19/02/2009
Comentario:

 

STJCE (Sala Primera) de 19 de febrero de 2009. Asunto C-228/06 Mehmet Soysal, Cengiz Salkim, Ibrahim Savatli/Bundesrepublik Deutschland. Acuerdo de Asociación CEE-Turquía. Libre prestación de servicios. Necesidad de disponer de un visado para ser admitido en el territorio de un Estado miembro.

 

Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberverwaltungsgericht Berlin-Brandenburg- Alemania. Interviniente: Bundesagentur für Arbeit.

Fallo del Tribunal: "El artículo 41, apartado 1, del Protocolo Adicional, firmado en Bruselas el 23 de noviembre de 1970 y concluido, aprobado y confirmado en nombre de la Comunidad en virtud del Reglamento (CEE) nº 2760/72 del Consejo, de 19 de diciembre de 1972, debe interpretarse en el sentido de que se opone a la introducción, a partir de la entrada en vigor de dicho Protocolo, de la exigencia de un visado que permita a los nacionales turcos, como los demandantes en el litigio principal, entrar en el territorio de un Estado miembro para efectuar en él prestaciones de servicios por cuenta de una empresa con domicilio en Turquía, ya que en dicho momento no se exigía tal visado".

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León