Conclusiones presentadas el 26 de julio de 2017. Validez del mecanismo de reubicación obligatoria de solicitantes de asilo.

Tipo: Conclusiones
Localización: Tribunal de Justicia
Materia: Refugiados
Fecha: 26/07/2017
Número de recurso: C‑643/15 y C‑647/15
Comentario:

Conclusiones presentadas el 26 de julio de 2017. Abogado General Sr. Yves Bot. Asuntos C‑643/15 y C‑647/15. República Eslovaca, Hungría contra Consejo de la Unión Europea. Recurso de anulación. Decisión (UE) 2015/1601. Medidas provisionales en materia de protección internacional en beneficio de la República Italiana y de la República Helénica. Situación de emergencia caracterizada por la afluencia repentina de nacionales de terceros países en el territorio de algunos Estados miembros. Reubicación de esos nacionales en el territorio de otros Estados miembros. Cuotas de reubicación. Artículo 80 TFUE. Principio de solidaridad y de reparto equitativo de responsabilidades entre los Estados miembros. Artículo 78 TFUE, apartado 3. Base jurídica. Concepto de “acto legislativo”. Artículo 289 TFUE, apartado 3. Obligatoriedad para el Consejo de la Unión Europea de las conclusiones adoptadas por el Consejo Europeo. Artículo 15 TUE, apartado 1, y artículo 68 TFUE. Vicio sustancial de forma. Modificación de la Propuesta de la Comisión Europea. Requisitos de nueva consulta al Parlamento Europeo y de unanimidad en el seno del Consejo. Artículo 293 TFUE. Principios de seguridad jurídica y de proporcionalidad.

Habida cuenta de cuanto antecede, propongo al Tribunal de Justicia que resuelva lo siguiente:

  • "1) Desestimar los recursos de la República Eslovaca y de Hungría.
  • 2) Condenar en costas a la República Eslovaca y a Hungría.
  • 3) El Reino de Bélgica, la República Federal de Alemania, la República Helénica, la República Francesa, la República italiana, el Gran Ducado de Luxemburgo, la República de Polonia, el Reino de Suecia, así como la Comisión Europea cargarán con sus propias costas".

Procedimiento:

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