Sentencia del Tribunal de la AELC de 26 de julio de 2016. Derechos derivados para nacionales de terceros países). Normativa aplicable a ciudadano EEE que ha convivido con nacional de 3 país en otro Estado del EEE.

Tipo: Sentencia
Localización: Otros
Materia: Familiares de los nacionales de la Unión Europea y asimilados
Fecha: 16/07/2016
Comentario:

Sentencia del Tribunal de la AELC de 26 de julio de 2016. Asunto E-28/15. Yankuba Jabbi/Gobierno noruego, representado por el Organismo de recursos en materia de inmigración. Directiva 2004/38/CE. Derecho de residencia. Derechos derivados para nacionales de terceros países). Normativa aplicable a ciudadano EEE que ha convivido con nacional de 3 país en otro Estado del EEE.

Fallo del Tribunal:

  • "Cuando un nacional de un Estado miembro del EEE, de conformidad con el artículo 7, apartado 1, letra b), y el artículo 7, apartado 2, de la  Directiva 2004/38/CE, ha creado o consolidado una convivencia familiar con un nacional de un tercer país durante su residencia efectiva en un Estado del EEE distinto a aquel del cual sea nacional, las disposiciones de dicha Directiva se aplicarán por analogía cuando dicho ciudadano del EEE retorne con el miembro de la familia a su Estado de origen".

Procedimiento:

  • Recurso: Véase la solicitud de dictamen consultivo al Tribunal de la AELC efectuada por el Oslo tingrett (Tribunal de Distrito de Oslo) con fecha de 9 de noviembre de 2015 en el asunto Yankuba Jabbi contra el Estado de Noruega (Asunto E-28/15).
  • Sentencia.
Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León