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Acuerdo entre España y Ecuador relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
29/05/2001
Comentario:
Aplicación provisional del Acuerdo entre el Reino de España y la República del Ecuador relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios, hecho en Madrid, el 29 de mayo de 2001.
- El presente Acuerdo se aplica provisionalmente desde el 28 de junio de 2001, treinta días después de la fecha de su firma, según se establece en su artículo 22.3 (Texto completo).
Otros textos bilaterales en la misma materia:
- Bulgaria, Colombia, R. Dominicana, Ecuador, República de Guinea, Guinea, Guinea Bissau, Mauritania, Níger, Perú, Polonia, Rumania y Ucrania.
Agunos textos normativos que vinculan a España y Ecuador:
- Convenio de doble nacionalidad entre el España y Ecuador.
- Acuerdo con Ecuador sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el otro Estado.
- Acuerdo con Ecuador sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.
- Convenio de seguridad social entre España y Ecuador.
- Tratado de asistencia judicial en materia penal con Ecuador.
- Orden AEC/1418/2009. Crea una Oficina Consular Honoraria de España en Salinas (Ecuador).
- Orden AEC/1419/2009. Suprime el Consulado Honorario de España en Guayaquil (Ecuador).
Comentarios doctrinales sobre ecuatorianos en España:
- Álvarez Rodríguez, Aurelia.: “Los ecuatorianos en el Ordenamiento español: el régimen jurídico de los progenitores de hijos españoles", Migraciones, núm. 19, junio 2006.