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Acuerdo entre España y Turquía sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
05/04/2009
Comentario:
Acuerdo entre el Reino de España y la República de Turquía sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho "ad referendum" en Estambul el 5 de abril de 2009.
- El presente Acuerdo entra en vigor el 25 de abril de 2011, a los sesenta (60) días de la fecha de recepción de la última notificación mediante la cual ambas Partes se comuniquen mutuamente el cumplimiento de los procedimientos internos, según se establece en su artículo 17 (Texto completo).
Noticia relacionada:
Otros textos bilaterales que obligan a España con Turquía:
- Acuerdo de Cooperación Educativa entre España y la República de Turquía.
- Acuerdo con Turquía sobre empleo remunerado de los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares.
- Convenio entre España y Turquía en materia de cooperación en la lucha contra la delincuencia.
Textos normativos entre UE y Turquía:
- Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Turquía sobre readmisión de residentes ilegales.
- Decisión 2014/252/UE (readmisión de residentes ilegales).
- Decisión 2012/499/UE.
- Decisión 64/732/CEE.
Más información sobre permisos de conducción:
- Directiva 2006/126/CE. Permiso de conducción (Refundición).
- Directiva 2009/113/CE modifica la Directiva 2006/126/CE.
- Acuerdo con Ecuador sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.
- Acuerdo con Marruecos sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.
- Acuerdo con Ucrania sobre reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.