Noticias
- 29/12/2024
- 29/12/2024
- 28/12/2024
- 27/12/2024
Decreto Foral 90/2019, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia.
Decreto Foral 90/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia.
Habiéndose establecido la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra por Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, Vínculo a legislación, y el ámbito competencial correspondiente a cada Departamento, procede la fijación de la estructura orgánica básica de cada uno de ellos, sin perjuicio de su ulterior desarrollo.
A propuesta del Consejero de Políticas Migratorias y Justicia, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día catorce de agosto de dos mil diecinueve,
DECRETO:
- Artículo único. Estructura básica del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia. El Departamento de Políticas Migratorias y Justicia, bajo la superior dirección de su titular, se estructura básicamente en los siguientes órganos: a) Dirección General de Políticas Migratorias. b) Dirección General de Justicia. c) Secretaría General Técnica.
- Disposición adicional única. Asunción de competencias. Las funciones en materia de Justicia que venían siendo desempeñadas por la Dirección General de Justicia del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, son asumidas por la Dirección General de Justicia del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia.
- Disposición transitoria única. Subsistencia de normas y sucesión de órganos y funciones. En tanto se proceda al desarrollo de la estructura orgánica del Departamento a nivel de Servicios y Secciones, será de aplicación, en la medida en que no se oponga a lo dispuesto en este Decreto Foral, lo dispuesto en el Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia.
- Disposición final primera. Habilitaciones. Se habilita al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior y a la Consejera de Economía y Hacienda para que adopten cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente decreto foral, efectuando la asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales que procedan.
- Disposición final segunda. Vigencia. El presente decreto foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON, 15-.08.2019: Texto completo).
Más información: