ACNUR. Directrices de Protección internacional: Solicitudes de asilo de niños bajo los artículos 1 (A) 2 y 1 (F) de la Convención de 1951 y/o del Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados.

Tipo de Legislación: Organizaciones Internacionales
Tipo de Acto: Otros textos
Fecha: 22/12/2009
Comentario:

ACNUR. Directrices de Protección internacional: Solicitudes de asilo de niños bajo los artículos 1 (A) 2 y 1 (F) de la Convención de 1951 y/o del Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados.  

Estas directrices están dirigidas para proporcionar orientación legal interpretativa a los gobiernos, los abogados, las personas encargadas de la toma de decisiones y la judicatura, así como para el personal del ACNUR a cargo de la determinación de la condición de refugiado en el terreno.

Normativa analizada:

Ficheros Asociados

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León