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Ley 52/2007, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.
Tipo de Legislación:
Estatal
Tipo de Acto:
Leyes
Fecha:
26/12/2007
Comentario:
Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.
- Texto completo. Esta Ley ha sido modificada por el Real Decreto Ley 10/2018, de reforma de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura (aprobado por en el Consejo de Ministros celebrado el 24.08.2018).
En materia de nacionalidad se incluyen dos disposiciones:
- Artículo 18. Concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales. "1. Con el fin de hacer efectivo el derecho que reconoció el Real Decreto 39/1996, de 19 de enero, a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales que participaron en la Guerra Civil de 1936 a 1939, no les será de aplicación la exigencia de renuncia a su anterior nacionalidad requerida en el artículo 23, letra b, del Código Civil, en lo que se refiere a la adquisición por carta de naturaleza de la nacionalidad española. 2. Mediante Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, se determinarán los requisitos y el procedimiento e a seguir para la adquisición de la nacionalidad española por parte de las personas mencionadas en el apartado anterior" (Este precepto ha sido derogado por la Ley 20/2022).
- Disposición Adicional Séptima. "1. Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español podrán optar a la nacionalidad española de origen si formalizan su declaración en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Disposición adicional. Dicho plazo podrá ser prorrogado por acuerdo de Consejo de Ministros hasta el límite de un año. 2. Este derecho también se reconocerá a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio".
Comentarios doctrinales sobre la DA 7ª Ley 52/2007:
- Álvarez Rodríguez, Aurelia: "La opción a la nacionalidad española prevista en la Disposición Adicional Séptima de la denominada Ley de Memoria Histórica", España Exterior, núm. 546, 18 diciembre 2007, pp. 6-7.
- Álvarez Rodríguez, Aurelia: "Al fin el Consejo de Ministros aborda el inicio de la puesta en marcha de la Disposición Adicional 7ª de la Ley 52/2007”, España Exterior, núm. 592, 4 noviembre 2008.
- Álvarez Rodríguez, Aurelia: "Comentario sobre el procedimiento para el acceso a la nacionalidad española según la Ley de Memoria Histórica”, España Exterior, núm. 593, 11 noviembre 2008.
- Álvarez Rodríguez, Aurelia: Nacionalidad Española. Normativa Vigente e Interpretación Jurisprudencial, ed., Navarra, Aranzadi-Ministerio de Trabajo e Inmigración, 2008.
- Álvarez Rodríguez, Aurelia: Cuestionario práctico sobre nacionalidad española, León, Eolas Ediciones-Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior, 2009.
- Álvarez Rodríguez, Aurelia: Nociones básicas de registro civil y problemas frecuentes en materia de nacionalidad , Madrid, 5ª Ed, Ediciones GPS, octubre 2015.
- Álvarez Rodríguez, Aurelia: "Reflexiones sobre el Derecho español de la nacionalidad: situación de los emigrantes de origen español y de sus descendientes", PÉREZ GÁLVEZ, J.Fr. (Dir.), Estudios de Derecho y Ciudadanía Española en el Exterior, Madrid, Ministerio de Trabajo e Inmigración. Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración. Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior, 2009, pp. 201-241.
- Álvarez Rodríguez, Aurelia: Curso Práctico sobre el Régimen Jurídico de la Nacionalidad Española, Valladolid, Lex Nova, enero 2010.
Desarrollo e interpretación de las disposiciones transcritas:
- RS 17.03.2010, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de enero de 2010, por el que se amplía un año el plazo para ejercer el derecho de optar a la nacionalidad española recogido en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura.
- Instrucción DGRN 04.11.2008. Sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 52/2007.
- RD 1792/2008. Sobre concesión de la nacionalidad española a los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales.
- Instrucciones Consulares para la aplicación del párrafo 2º de la DA 7ª Ley 52/2007.
Más información sobre su aplicación y sobre la prórroga del plazo hasta el 27 de diciembre de 2011:
- Balance del primer año de vigencia de la DA 7ª de la Ley 52/2007.
- Plazo: La opción por la nacionalidad española de origen prevista en la Disposicón Adicional 7ª de la Ley de Memoria Histórica se podrá solicitar hasta el 27 de diciembre de 2011.
- La operación ha salido muy bien, según Elorza, el Secretario General de Asuntos Consulares y Migratorios.
- La ampliación de un año para la nacionalidad será importante para sustanciar solicitudes desestimadas: Entrevista a la directora general de la Ciudadanía Española en el Exterior, Pilar Pin Vega.
- Se están habilitando mecanismos para evitar la discriminación de la mujer en la nacionalidad.
- La emigración hacia el extranjero y la nueva normativa de acceso a la nacionalidad disparan las inscripciones consulares.
Cuestiones prácticas sobre su tramitación:
- Ministerio de Justicia. Tabla normativa: legislación sobre nacionalidad y estado civil.
- Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación
- Portal de la Ciudadanía Española en Exterior.
- Sitio web para la obtención de cita previa a la solicitud de la nacionalidad con arreglo a la disposición adicional 7 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre (citapreviaconsular.maec.es/Extranet/SuCITA/HomeSolicitanteCon.aspx).
- Folleto explicativo elaborado por la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares ().