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Decisión 2013/266/UE de 5 de junio de 2013, por la que se fija la fecha de entrada en funcionamiento del VIS en una sexta y una séptima región.
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Decisiones
Fecha:
05/06/2013
Comentario:
Decisión 2013/266/UE, de Ejecución de la Comisión, de 5 de junio de 2013, por la que se fija la fecha de entrada en funcionamiento del Sistema de Información de Visados (VIS) en una sexta y una séptima región.
- El Sistema de Información de Visados entrará en funcionamiento en las regiones sexta y séptima previstas por la Decisión de Ejecución 2012/274/UE de la Comisión, de 24 de abril de 2012, por la que se determina el segundo grupo de regiones para la puesta en marcha del Sistema de Información de Visados (VIS), el 06 de junio de 2013.
- De conformidad con la Decisión de Ejecución 2012/274/UE la sexta región en que debe iniciarse la recogida y transmisión de datos al VIS para todas las solicitudes de visado comprende: Comoras, Yibuti, Eritrea, Etiopía, Kenia, Madagascar, Mauricio, Seychelles, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Tanzania y Uganda; y la séptima región se extiende a Angola, Botsuana, Lesotho, Malaui, Mozambique, Namibia, Sudáfrica, Suazilandia, Zambia y Zimbabue.
- Texto completo.
Normativa desarrollada: