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Convenio entre España y el Principado de Andorra, para evitar la doble imposición y luchar contra el fraude fiscal.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Trabajos preparatorios
Fecha:
08/01/2015
Comentario:
Convenio entre el Reino de España y el Principado de Andorra para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal y su Protocolo, hecho "Ad Referéndum" en Andorra la Vella el 8 de enero de 2015.
- El presente Convenio entrará en vigor el 26 de febrero de 2016, transcurrido un plazo de tres meses a partir de la fecha de recepción de la última de las notificaciones, según se establece en su artículo 26 (Texto completo).
- El convenio, firmado en Andorra la Vella, es fruto del compromiso adoptado por Rajoy y Martí en la reunión celebrada en Madrid el 12 de septiembre de 2012 para consolidar y profundizar las relaciones entre ambos países, entre ellas, las de ámbito tributario. España y Andorra han suscrito el 8 de enero de 2015 un texto que sigue la línea del modelo de convenio de la OCDE.
- El texto incorpora menciones al tratamiento de dividendos, intereses, cánones y ganancias patrimoniales, equivalentes a las existentes en el convenio franco-andorrano, que permiten evitar la doble imposición. Asimismo, se han incluido varias cláusulas anti-abuso, en relación con la aplicación del convenio. La norma permitirá impulsar las relaciones comerciales y de inversión entre España y Andorra.
- Además, el convenio incluye un artículo sobre información fiscal que amplía los efectos del actual Acuerdo de Intercambio de Información, firmado por ambos países en enero de 2010. El artículo incluido en el convenio permitirá, de esta forma, mejorar el intercambio de información con trascendencia tributaria, incluyendo la bancaria, entre Andorra y España.
De esta manera, permitirá, no solo el intercambio, previa petición de requerimientos individuales (como se viene haciendo hasta ahora) sino que se avanza en cuestiones como las "peticiones grupales" o la identificación del sujeto sobre el que se requiere información. Esta circunstancia supone un avance sustancial respecto a la situación actual.
Así, desde el 26 de febrero de 2016, por ejemplo, España podrá solicitar información a Andorra sobre un grupo de residentes en España que tengan suscrito un mismo producto financiero en una entidad bancaria andorrana, y que no ha sido declarado a la Hacienda española. La petición de información podrá realizarse sobre ejercicios en los que ya esté vigente el anterior acuerdo. - Además, el CDI firmado hoy amplía el intercambio de información hacia otras formas de cooperación como el intercambio automático o las comprobaciones conjuntas.
- En cuanto al intercambio automático, se hace referencia a la reunión del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información, celebrada en Berlín en octubre de 2014 en donde más de medio centenar de países y jurisdicciones acordaron el intercambio automático de información fiscal de cuentas financieras en 2017, siguiendo el modelo de la Declaración de la OCDE de junio de 2014.
Andorra figura entre los países y territorios que se han comprometido a efectuar ese intercambio automático desde 2018. En este sentido, Andorra manifiesta en el convenio que está en disposición de intercambiar información de manera automática, tan pronto adopte de forma efectiva el estándar común previsto por la OCDE, al que se ha comprometido el Ejecutivo andorrano. - Más convenios de este tipo. Entre los convenios para evitar la doble imposición y acuerdos de intercambio de información, firmados o rubricados en esta legislatura figuran los de Bahrein, Austria, Reino Unido, India, Uzbekistán, Chipre, Argentina y Estados Unidos. En marzo de 2014, el Consejo de Ministros autorizó la firma de acuerdos de intercambio de información con las dependencias de la Corona británica de Jersey, Guernesey y la Isla de Man.
- El CDI firmado con Andorra, y que necesita de ratificación parlamentaria antes de su entrada en vigor, se incluye en el objetivo del Ministerio de Hacienda de reforzar la firma de convenios de este tipo. De igual forma, pretende extender la red de acuerdos de intercambios de información.
Trabajos parlamentarios:
- Solicitud de autorización a las Cortes Generales (Texto completo).
Noticia relacionada:
- Acuerdo entre el Reino de España y el Principado de Andorra, para evitar la doble imposición y luchar contra el fraude fiscal. © Moncloa.es.Consejo de Ministros (09.01.2015).
Otros Convenios ratificados por España en materia fiscal:
- Albania, Alemania, Argentina, Armenia, Barbados, Bélgica, Canadá, Catar, Costa Rica, Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China, Chipre, República Dominicana, EEUU, Georgia, India, Kazajstán, Kuwait, México, Omán, Pakistán, Reino Unido, Repúblicas Socialistas Soviéticas, San Marino, Senegal, Serbia, Singapur, Uruguay y Uzbekistán.
- Recopilación externa de todos los Convenios de doble imposición firmados por España.
Otros acuerdos con Principado de Andorra:
- Acuerdo en materia de acceso a la universidad.
- Adhesión del Principado de Andorra al Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.