Acuerdo entre el Reino de España y la República Árabe de Egipto sobre exención recíproca de los visados en pasaportes diplomáticos y de servicio.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 07/03/2013
Comentario:

EgiptoAplicación provisional del Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Árabe de Egipto sobre la exención recíproca de los visados para los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio, hecho en Madrid el 7 de marzo de 2013. 

  • Este Acuerdo entró en vigor el 15 de enero de 2014, treinta días después de la recepción de la última comunicación de cumplimiento de requisitos entre las Partes, según establece su artículo 10 (BOE, 23.01.2014). Ahora bien, con carácter provisional es obligatorio para ambas partes contratantes desde el 7 de marzo de 2013, fecha de su firma, según se establece en su artículo 10.2.
  • Texto completo (pdf). 
  • Este Acuerdo incluye las cláusulas que son habituales en este tipo de tratados. Hace referencia a las entradas sin visados de los nacionales de cada país, titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio, en el territorio del otro país para estancias de un máximo de 90 días en un periodo de 180 días.

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Algunos datos sobre los convenios relativos a esta materia

  • La posibilidad de estos Acuerdos de supresión de visados sobre pasaportes de servicio está contemplada en un Reglamento Comunitario de 2001 que, además de determinar los países terceros cuyos nacionales deben estar provistos de visados al cruzar las fronteras exteriores de los Estados miembros, permite a los Estados miembros establecer excepciones para los nacionales de países terceros cuando sean titulares de pasaportes de servicio.
  • Nuestro país ha ratificado textos similares con los siguientes países: Albania, Argentina, Australia, Azerbaiyán, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Filipinas, Guatemala, Honduras, Israel, Jamaica, Mali, Marruecos, México, Nicaragua, Nueva Zelanda, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Serbia, Sudáfrica,Turquía, Uruguay y Venezuela.

Análisis doctrinal:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León