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Acuerdo entre España y Jamaica, relativo al trabajo remunerado de los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
17/02/2009
Comentario:
Acuerdo entre España y Jamaica, relativo al trabajo remunerado de los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, hecho en Kingston el 17 de febrero de 2009.
- Artículo 1. Objeto del Acuerdo. Los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de Jamaica en España y de España en Jamaica, quedan autorizados a ejercer un trabajo remunerado en el Estado receptor de conformidad con lo dispuesto en este Acuerdo y las leyes del Estado receptor.
- El presente Acuerdo entró en vigor el 7 de julio de 2011, fecha de la última Nota en la que las Partes se comunicaron el cumplimiento de los requisitos exigidos por sus respectivos ordenamientos jurídicos internos, según el artículo 12.
- Texto completo (pdf).
- Corrección de errores.
Noticia relacionada:
Otros países con este tipo de tratados:
- España se encuentra obligada con Convenios similares, entre otros, con los siguientes países: Albania, Filipinas, Ghana, Guatemala, Israel, Mali, Panamá, Paraguay y Serbia. (Vid. Aurelia Álvarez Rodríguez, "Art. 2 LOEx: Exclusión del ámbito de la Ley", CAVAS MARTÍNEZ, F. (Dir.).: Comentarios a Ley de Extranjería y a su nuevo Reglamento, Cizur Menor (Navarra), Aranzadi-Thomson Reuters, 2011, pp. 75-91).
Otros acuerdos entre España y Jamaica: