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Acuerdo entre España y Paraguay sobre transporte aéreo.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
09/06/2015
Comentario:
Acuerdo entre el Reino de España y la República del Paraguay sobre transporte aéreo, hecho ad referendum en Madrid el 9 de junio de 2015.
- El presente Acuerdo entró en vigor el 2 de junio de 2018, un mes después de la fecha de la última nota del Canje de Notas Diplomáticas intercambiadas entre las Partes Contratantes que confirmó el cumplimiento de sus respectivas formalidades constitucionales, según se establece en su artículo 23. A su entrada en vigor el presente Acuerdo sustituirá al Acuerdo sobre Transporte Aéreo firmado el 12 de mayo de 1976 entre el Reino de España y la República del Paraguay. Por tanto, este texto, que supone una actualización del Acuerdo de 1976, regula las condiciones bajo las cuales se pueden prestar servicios de transporte aéreo, tanto de pasajeros como de carga, y tiene en cuenta las previsiones del Derecho de la Unión Europea sobre la materia.
- España y Paraguay podrán designar tantas compañías aéreas como deseen para la explotación de operaciones de pasajeros y de carga. El Cuadro de Rutas es totalmente abierto y flexible, lo que permite a las compañías aéreas seleccionar libremente los puntos situados en el territorio del otro país, así como los puntos intermedios y los puntos más allá, en los que van a operar con derechos de tercera y cuarta libertad (posibilidad de embarcar/desembarcar pasajeros y carga cuyo viaje solo puede tener origen/destino en los dos países).
- También se faculta para que las compañías aéreas puedan prestar sus servicios bajo la modalidad de código compartido, incluidos terceros países.
- Por último, se establecen otra serie de facilidades operativas tales como el tratamiento flexible y favorable de los vuelos no regulares; la posibilidad de vuelos exclusivos de carga en tercera, cuarta y quinta libertad (posibilidad de embarcar/desembarcar pasajeros y carga cuyo viaje tiene origen/destino en terceros países) sin retracción de ruta, frecuencias y tipo de aeronave; y la posibilidad de realizar servicios intermodales (Texto completo: BOE, 08.06.2018).
Trabajos parlamentarios:
- Solicitud en el Congreso de los Diputados para su ratificación: DOCG: 17.11.2017.
Noticia relacionada:
- Acuerdo sobre Transporte Aéreo con Paraguay. © Moncloa.es (Consejo de Ministros: 03.11.2017).
Otros Estados obligados con España por acuerdos sobre transporte aéreo:
- Angola, Arabia Saudí, Armenia, Colombia, Corea, Costa de Marfil, Etiopía, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Jamaica, Qatar, Mali, Mexico, Paraguay, Ruanda, Sri Lanka, Uzbekistán y Vietnam.
Convenios bilaterales entre España y República de Paraguay:
- Convenio de Seguridad Social con Paraguay.
- Acuerdo sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones diplomáticas y Oficinas consulares.
- Acuerdo sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el territorio del otro.
- Acuerdo entre España y Paraguay en materia de seguridad ciudadana.
Más información sobre la representación española en Paraguay:
- RD 978/2011. Crea la Agregaduría de Economía y Comercio en la Misión Diplomática Permanente de España en la República de Paraguay, con sede en Asunción, y se suprime la Consejería de Economía y Comercio en esa misma localidad.
- Orden AEC/1809/2013. Reapertura de la Oficina Consular Honoraria de España en Ciudad del Este (Paraguay).