Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre España y Países Bajos respecto de Curazao.

Tipo de Legislación: Relaciones internacionales
Tipo de Acto: Tratados bilaterales
Fecha: 11/05/2018
Comentario:

Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y el Reino de los Países Bajos respecto de Curazao. 

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  • Este Acuerdo establece el marco legal que proporciona cobertura a los enlaces aéreos entre ambos países, adecuándolo a la normativa comunitaria.
  • El texto recoge la fórmula habitual de este tipo de convenios bilaterales sobre servicios aéreos e incluye en su articulado las cláusulas administrativas que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) recomienda incluir en este tipo de acuerdos sobre servicios aéreos a sus Estados miembros.
  • Al tratarse de un Acuerdo de competencia mixta entre España y la Unión Europea (UE), para la conclusión del mismo se han cumplido todos los preceptos del Reglamento (CE) núm. 847/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 29 de abril de 2004, sobre la negociación y aplicación de acuerdos de servicios de transporte aéreo entre Estados miembros y países terceros, al incluir en su articulado los principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la UE.
  • La Comisión Europea ha dado su conformidad para que España suscriba esto Acuerdo.
  • En lo que se refiere a su contenido, se han establecido unos principios muy flexibles en cuanto al régimen de operaciones que se pueden realizar entre España y Curazao, fortaleciéndose así las relaciones mutuas en el ámbito del transporte comercial aéreo

Fuente: © Moncloa.es.

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Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León