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Tratado de asistencia judicial en materia penal entre España y Ecuador.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
18/12/2017
Comentario:
Tratado de asistencia judicial en materia penal entre el Reino de España y la República del Ecuador, hecho en Madrid el 18 de diciembre de 2017.
- El presente Tratado entrará en vigor el 19 de noviembre de 2020, treinta días después de la fecha de recepción de la última notificación, a través de la vía diplomática, por la cual las Partes se comunicaron el cumplimiento de los requisitos legales necesarios, según se establece en su artículo 25.
- Mediante este texto se facilitará la prestación de asistencia judicial en materia penal entre ambos países, con lo que se promueve la seguridad jurídica en las relaciones mutuas.
- El Tratado regula la prestación de asistencia judicial mutua en procedimientos de índole penal que tengan lugar en alguna de las Partes, estableciendo las modalidades de dicha asistencia, así como las peculiaridades de su procedimiento.
- En el ámbito de aplicación se incluye la asistencia en delitos contra la legislación relativa a impuestos, derechos de aduana, control de cambios y otros asuntos fiscales. No será aplicable a la detención de personas con fines de extradición o a la ejecución de sentencias penales. Se prestará la asistencia con independencia de que el hecho que motive la solicitud constituya o no delito respecto a las leyes del Estado requerido.
- Entre las distintas modalidades de asistencia judicial se encuentran la comparecencia de testigos y expertos en el territorio de la Parte requerida, la notificación de documentos, la obtención de pruebas, la localización e identificación de personas y objetos, el traslado de detenidos para comparecencia, la videoconferencia y la adopción de medidas cautelares (Texto completo).
Trabajos previos a su ratificación:
- Remisión a las Cortes Generales y solicitud de autorización de la manifestación del consentimiento de España para obligarse por el mismo(BOCG,16.03.2018).
Noticia relacionada:
- Acuerdo por el que se autoriza la firma del Tratado de asistencia judicial en materia penal entre el Reino de España y la República del Ecuador. © Moncloa.es es (Consejo de Ministros: 15.12.2017).
- Remisión a las Cortes del Tratado de asistencia judicial en materia penal con Ecuador © Moncloa.es. Consejo de Ministros (02.03.2018).
Otros países con los que España ha pactado en materia de asistencia en materia penal:
- Acuerdo de asistencia judicial en materia penal con EEUU.
- Convenio con los Emiratos Árabes Unidos sobre la asistencia judicial mutua en materia penal.
- Acuerdo entre la Unión EU y Japón sobre asistencia judicial en materia penal.
- Convenio con Mauritania relativo a la asistencia judicial en materia penal.
- Tratado sobre asistencia judicial mutua en materia penal con Vietnam.
Algunos textos normativos que vinculan a España y Ecuador:
- Convenio de doble nacionalidad entre el España y Ecuador.
- Acuerdo con Ecuador sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el otro Estado.
- Acuerdo con Ecuador sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales.
- Acuerdo con Ecuador relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios.
- Convenio de seguridad social entre España y Ecuador.
- Tratado de asistencia judicial en materia penal con Ecuador.
- Orden AEC/1418/2009. Crea una Oficina Consular Honoraria de España en Salinas (Ecuador).
- Orden AEC/1419/2009. Suprime el Consulado Honorario de España en Guayaquil (Ecuador).
Comentarios doctrinales sobre ecuatorianos en España:
- Álvarez Rodríguez, Aurelia.: “Los ecuatorianos en el Ordenamiento español: el régimen jurídico de los progenitores de hijos españoles", Migraciones, núm. 19, junio 2006.