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Acuerdo Administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República del Paraguay.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
15/09/2016
Comentario:
Acuerdo Administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República del Paraguay, hecho en Madrid el 15 de septiembre de 2016.
- El Acuerdo Administrativo es obligatorio desde el 1 de diciembre de 2016, para la buena marcha del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Paraguay, hecho en Asunción el 24 de junio de 1998. Dicho texto está en vigor desde el 1 de marzo de 2006 y el pasado 15 de septiembre tuvo lugar en Madrid la firma del Acuerdo Administrativo para la aplicación del citado Convenio de Seguridad Social.
- Este Acuerdo Administrativo entre las autoridades competentes en materia de seguridad social de ambos países constituye un instrumento práctico de carácter imprescindible para la adecuada aplicación del Convenio de Seguridad Social.
- En cuanto a su contenido, establece el procedimiento para aplicar las disposiciones del Convenio de Seguridad Social, determinando los organismos de enlace e instituciones competentes para cada país; las disposiciones sobre legislación aplicable y las relativas a la solicitud y trámite de las prestaciones de incapacidad temporal, maternidad, invalidez, vejez, muerte y supervivencia, prestaciones familiares y prestaciones económicas por accidente de trabajo o enfermedad profesional. Asimismo, establece disposiciones sobre el pago de prestaciones y el control y cooperación administrativa. La prestación de asistencia sanitaria no está dentro del campo de aplicación material del Convenio de Seguridad Social (Texto completo).
Noticia relacionada:
- Acuerdo Administrativo para aplicar el Convenio de Seguridad Social con Paraguay. © Moncloa.es (Consejo de Ministros: 28.10.2016).
Convenios bilaterales entre España y República de Paraguay:
- Convenio sobre doble nacionalidad.
- Protocolo adicional modificando el Convenio de doble nacionalidad.
- Acuerdo sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones diplomáticas y Oficinas consulares.
- Acuerdo sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el territorio del otro.
Acuerdos adoptados en otras sesiones anteriores del Consejo de Ministros:
- Aprobada la declaración del gobierno con motivo del día de las Naciones Unidas (21/10/2016).
- Declaración con motivo del día europeo contra la trata de seres humanos (14/10/2016).
- Contribución al memorando de París sobre la seguridad de buques extranjeros que llegan a puertos españoles (07/10/2016).
- Participación pública en el proceso de elaboración normativa a través de los portales web ministeriales (30/09/2016).
- Se aprueba la firma de dos acuerdos internacionales para obligarse por los Convenios de la UE con Nueva Zelanda y Australia (23/09/2016).
- Contribuciones a organismos internacionales (16/09/2016).
- Exceptuados de las operaciones de cierre presupuestario los contratos relativos al traslado de personas extranjeras o ejecución de repatriaciones (02/09/2016).
- Ayudas a material y a comedor escolar para alumnos de Ceuta y Melilla y en el exterior (26/08/2016).
- Acuerdo con la ONU para reforzar la presencia de expertos españoles en Naciones Unidas (19/08/2016).
- Concesión de la nacionalidad española a los últimos 220 sefardíes que iniciaron el trámite antes del pasado mes de octubre (05/08/2016).
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