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Convenio suprimiendo la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros.
Tipo de Legislación:
Organizaciones Internacionales
Tipo de Acto:
Tratados multilaterales
Fecha:
05/10/1961
Comentario:
Instrumento de ratificación de España del Convenio suprimiendo la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961.
- El Convenio para España entró en vigor el 25 de septiembre de 1978, aunque con carácter general lo hizo el 24 de enero de 1965 (Texto completo/pdf).
Normativa española vinculada:
- RD 1497/2011, de 24 de octubre, por el que se determinan los funcionarios y autoridades competentes para realizar la legalización única o Apostilla prevista por el Convenio XII de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, de 5 de octubre de 1961. Deroga RD 2433/1978.
- Orden JUS/1207/2011.
Legalización única o Apostilla de la Haya:
Algunos datos:
- La Apostilla de la Haya suprime el requisito de legalización diplomática y consular de los documentos públicos que se originen en un país del Convenio y que se pretendan utilizar en otro. Los documentos emitidos en un país del Convenio que hayan sido certificados por una apostilla deberán ser reconocidos en cualquier otro país del Convenio sin necesidad de otro tipo de autenticación.
- Documentos a los que se aplica: documentos públicos. La apostilla puede aplicarse en: a) Documentos dimanantes de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial. b) Documentos administrativos. c) Certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.
Sin embargo, no se aplicará a: a) A los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares. b) A los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera. - Quién puede solicitarlo. Solicitud de Apostilla de la Haya: La Apostilla de la Haya la puede solicitar cualquier persona portadora de un documento publico cuya autenticidad desee certificar.
- Autoridades competentes: Dependiendo de la naturaleza del documento público de que se trate, en España son tres las "Autoridades apostillantes" (RD 1497/2011).
Comentarios resumenes:
- ¿Tienes claro lo que es la "Apostilla de la Haya" y para qué se utiliza? © Diario La Ley.es.
- Ya no hace falta La Apostilla de la Haya (sello de autenticidad) para legalizar documentos públicos entre países miembros de la EU. José Ramón Felipe Condés © Diario Jurídico.com.
Algunas declaraciones de España a los países que se han adherido a este texto:
- Resolución SGT 01.09.2009. Adhesión de República Dominicana.
- Resolución SGT 14.10.2010. Adhesión de Perú.
- Resolución SGT 20.02.2017. Adhesión de Albania.
- Los documentos públicos marroquíes y brasileños no necesitarán la legalización.
- Los documentos públicos chilenos no necesitarán la legalización.
Sobre el Convenio:
- Estado actual. Número de Partes contratantes: 126. Información del Maec (05/06/2024. Últimos países: Arabia Saudí, Brasil, Burundi, Canada, Chile, China, Guatemala, Guyana, Indonesix, Jamaica, Kosovo, Marruecos, Pakistán, Ruanda y Senegal.
- Texto completo.
- Reseña del Convenio.
- Últimas actualizaciones.
- Bibliografia.
- Anexo al Convenio: Modelo de Certificado (Apostille).
Solicitudes de Apostilla de documentos:
Más información: