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Declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Guinea al Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.
Tipo de Legislación:
Organizaciones Internacionales
Tipo de Acto:
Tratados multilaterales
Fecha:
25/10/1980
Comentario:
Declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Guinea al Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980.
- DECLARACIÓN. «De acuerdo con lo previsto en el artículo 38, párrafo 4.º del Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980, España declara aceptar la adhesión de la República de Guinea al citado Convenio, sin perjuicio del estado actual y de la evolución del Derecho de la Unión Europea en la materia».
- AUTORIDADES. Guinea, 08-11-2012. […] conforme a las disposiciones del artículo 6 del Convenio, el Ministerio de Asuntos Sociales, de la Promoción Femenina y de la Infancia ha sido designado como autoridad central responsable de su ejecución. Persona de contacto: Mr Aboubacar Sidiki Camara, Conseiller juridique (email: bacarkiki@yahoo.fr).
- La presente declaración entrará en vigor entre España y la República de Guinea el 1 de agosto de 2013, de conformidad con el párrafo 4.º del artículo 38 del citado Convenio.
-
Texto completo (pdf). Declaración reiterada (BOE, 06.09.2013). Corrección de errores (BOE, 24.09.2013).
Antecedentes:
Otros textos bilaterales entre España y la República de Guinea:
- Acuerdo de Cooperación en materia de inmigración.
- Transporte aéreo (solicitud de autorización 16.01.2013). Remisión del Gobierno.