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Convenio con República Dominicana para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Trabajos parlamentarios
Fecha:
16/11/2011
Comentario:
Convenio entre el Reino de España y la República Dominicana para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y Protocolo, hecho en Madrid el 16 de noviembre de 2011.
- El presente Convenio y su Protocolo entrarán en vigor el 25 de julio de 2014, tres meses después de la fecha de recepción de la última notificación en la que se comunica el cumplimiento de los procedimientos legales internos necesarios, de acuerdo con lo que establece su artículo 27.
- Este Conveniotiene por objeto posibilitar un tratamiento tributario adecuado a las circunstancias de los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en el ámbito internacional y proporcionar un marco de seguridad jurídica y fiscal que favorezca los intercambios económicos bilaterales y facilite la cooperación entre las autoridades fiscales en el desempeño de sus funciones.
- El Convenio afectará a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes respecto a los impuestos sobre la renta exigibles por cada uno de ellos y sus subdivisiones políticas o locales. En España los impuestos a los que se aplicará este Convenio son: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes y los impuestos locales sobre la renta.
- Se establecen los criterios de sometimiento a tributación de los distintos tipos de rentas: rentas inmobiliarias; beneficios empresariales; transporte marítimo y aéreo; empresas asociadas; dividendos; intereses; cánones o regalías; prestaciones de servicios; ganancias de capital; servicios personales dependientes; remuneraciones de consejeros; rentas de artistas y deportistas; pensiones; remuneraciones por función pública; estudiantes y otras rentas
- El Acuerdo permitirá un amplio intercambio de información de trascendencia tributaria, incluyendo información bancaria, entre la República Dominicana y España, en sintonía con el proceso de lucha contra la evasión fiscal impulsado recientemente a nivel internacional (OCDE, G-20, etcétera). y, además, con este acuerdo España avanza en su estrategia de negociación de Convenios para favorecer la internacionalización de nuestra economía, aportando seguridad jurídica al tratamiento fiscal de las operaciones mutuas y estrechando las relaciones económicas que se mantienen con determinados países, en este caso, en el ámbito iberoamericano (Texto completo).
Trabajos parlamentarios previos:
Noticia relacionada:
- Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y la República Dominicana para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo. © Moncloa.es (Consejo de Ministros 15.02.2013).
- Acuerdo por el que se autoriza la firma del Convenio entre el Reino de España y la República Dominicana para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo. © Moncloa.es (Consejo de Ministros 11.04.2011).
Otros Convenios ratificados por España en materia fiscal:
- Albania, Argentina, Bélgica, Catar, Chipre, Costa Rica, Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China, Chipre, EEUU, India, Reino Unido, Repúblicas Socialistas Soviéticas, Serbia y Singapur.
Más información sobre la doble imposición:
Otros textos que vinculan a España con República Dominicana:
- Convenio de doble nacionalidad entre España.
- Protocolo adicional modificando el Convenio de doble nacionalidad.
- Acuerdo relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales.