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Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Popular China.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
19/05/2017
Comentario:
Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Popular China, hecho en Bad Neuenahr el 19 de mayo de 2017.
- El presente Acuerdo administrativo entrará en vigor el 20 de marzo de 2018, nonagésimo día después de la recepción de la última nota informando del cumplimiento de todos los procedimientos jurídicos internos necesarios, según se establece en su artículo 19.
- Este Convenio, firmado por la ministra de Empleo y Seguridad Social y su homólogo chino el pasado 19 de mayo durante la reunión de ministros del G-20, persigue establecer un instrumento jurídico que regule la cooperación en materia de Seguridad Social y facilite la libre circulación de trabajadores entre ambos países. Comprende las pensiones contributivas de los trabajadores por cuenta ajena, con la excepción de las derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional, así como las cotizaciones y prestaciones por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena. Es aplicable a las personas que estén sujetas a la legislación de Seguridad Social de cualquiera de los dos países.
- El objetivo es evitar la doble cotización a la Seguridad Social de los trabajadores asegurados desplazados de uno a otro país
- De esta forma, se reducen los costes sociales que recaen sobre las empresas con trabajadores desplazados en uno u otro país.
- Establece la igualdad de trato con los nacionales del otro Estado de que se trate y la exportación de las prestaciones al otro país o a un tercer país si el interesado reside en este. No obstante, debe señalarse que no contempla la totalización de períodos de seguro para causar derecho a las prestaciones.
Trabajadores españoles en China
El Convenio establece un plazo inicial de seis años en el que los trabajadores españoles desplazados por su empresa a una delegación en China estarán asegurados por el sistema de Seguridad Social español, en lo relacionado con las pensiones contributivas del Régimen General. Esto significa que durante este período las cotizaciones por las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia y desempleo se harán al organismo español. Por tanto, quedarán exentos de cotizar al seguro básico de vejez para trabajadores por cuenta ajena y al seguro de desempleo de China.
Por otro lado, las cuotas por asistencia sanitaria, incapacidad temporal y por accidente de trabajo y enfermedad profesional se realizarán a la administración china.
Una vez concluido el plazo de seis años, si los trabajadores deben prolongar su estancia laboral en China, se podrá prorrogar por acuerdo de ambas administraciones.
Trabajadores chinos en España
De la misma forma, durante un periodo de seis años, las cotizaciones por los trabajadores chinos desplazados a España se realizarán a la Seguridad Social española por las prestaciones del Régimen General. Las cuotas por pensiones derivadas de contingencias comunes o accidente laboral y desempleo se efectuarán al organismo chino.
Está previsto que, una vez aprobado por el Consejo de Ministros, la firma del Convenio bilateral con la República Popular China y del Acuerdo Administrativo tenga lugar con ocasión de la reunión en Alemania de los ministros de Empleo del G-20, los próximos 18 y 19 de mayo.
Colaboración entre la Unión Europea y el Gobierno chino
Por otra parte, España participa en la iniciativa de cooperación entre la Unión Europea y el Gobierno chino dirigida a promocionar la igualdad y la inclusión social en el desarrollo económico de la sociedad china, así como a la cooperación y el diálogo entre la Unión Europea y el país asiático en ese mismo ámbito.
España es uno de los siete países comunitarios que conforman el Consorcio que es el organismo de dirección que gestiona el proyecto, al lado de Bélgica, Francia, Italia, Polonia, Rumanía y República Checa.
Desde el comienzo, la delegación española ha mantenido una presencia activa en este Programa que supondrá el fortalecimiento de la capacidad institucional para el desarrollo de las políticas de protección social. Es en este aspecto en el que está manteniendo un papel relevante el Ministerio de Empleo y Seguridad Social. - Evitar la doble cotización
Una vez que entre en vigor el Convenio, se evitará la doble cotización por los trabajadores desplazados de uno al otro país, garantizándose la protección social de los mismos, al tiempo que las empresas afectadas disminuirán sus costes laborales.
Ambos países acordaron que los primeros seis años durante los cuales los trabajadores asegurados por el sistema de Seguridad Social español estén desplazados en China, cotizarán al organismo español en todo lo relacionado con las pensiones contributivas del Régimen General, a excepción de las debidas a accidente de trabajo o enfermedad profesional, y a las cotizaciones y prestaciones de desempleo del mismo régimen.
Durante este período quedarán exentos de la contribución al seguro básico de vejez y el seguro de desempleo de China los trabajadores enviados por sus empresas al país asiático De la misma forma, durante un periodo de seis años los trabajadores chinos desplazados a España continuarán cotizando al seguro básico de vejez y el seguro de desempleo de China (Texto completo: BOE, 16.03.2017).
Antecedentes:
- Petición de autorización a las Cortes Generales.es (Texto completo: BOCG, 08.09.2017).
Normativa relacionada:
- Acuerdo Administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Popular China, hecho en Bad Neuenahr el 19 de mayo de 2017. El presente Acuerdo administrativo entrará en vigor el 20 de marzo de 2018, fecha de la entrada en vigor del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Popular China, según se establece en su artículo 9 (Texto completo: BOE, 16.03.2017).
Noticias relacionadas:
- Autorizada la firma del Convenio de Seguridad Social con China. © Moncloa.es (Consejo de Ministros 12.05.2017).
- Remisión a las Cortes del Convenio de Seguridad Social con China. © Moncloa.es (Consejo de Ministros 21.07.2017).
- Toma de conocimiento del Acuerdo para aplicar el Convenio de Seguridad Social con China. © © Moncloa.es. Consejo de Ministros (26.01.2018).
Normativa que vincula al Reino de España y a la República Popular China:
- RD 1258/2009. Crea la Consejería de Turismo de la Misión Diplomática Permanente de España en la República Popular China.
- Convenio entre el Reino de España y la República Popular China sobre asistencia judicial en materia civil y mercantil.
Normativa que vincula a la UE y a la República Popular China:
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