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Convenio sobre Transporte Aéreo Civil entre España y República Popular China.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
19/06/1978
Comentario:
Convenio sobre Transporte Aéreo Civil entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República Popular China, hecho en Pekín el 19 de junio de 1978.
- El presente convenio entró en vigor el dia 24 de noviembre de 1983, fecha de la última de las notificaciones cruzadas entre las partes, comunicandose el cumplimiento de sus respectivas formalidades legales, segun se establece en su artículo 18 (Texto completo).
Modificaciones:
- Canje de Notas de 20 de enero y 28 de diciembre de 1993, constitutivo de acuerdo por el que se modifica el anejo del Convenio.
- Canje de Notas de fechas 14 de enero y 29 de marzo de 2000 sobre la modificación del Convenio.
- Acuerdo por el que se acepta la enmienda del Anexo del Convenio sobre Transporte Aéreo Civil entre España y República Popular China. © Moncloa.es. Consejo de Ministros (21.09.2018).
Otros Estados obligados con España por acuerdos sobre transporte aéreo:
- Angola, Arabia Saudí, Argelia, Armenia, China, Colombia, Commonwealth de las Bahamas, Corea, Costa de Marfil, Etiopía, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Jamaica, Qatar, Mali, Mexico, Países Bajos respecto de Curazao, Paraguay, Ruanda, Sri Lanka, Uzbekistán y Vietnam.
Convenios que vinculan a España con la República Popular China:
Otros Convenios con la Región Administrativa Especial de Hong Kong:
- Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta.
- Acuerdo con la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China sobre traslado de personas condenadas.
- Acuerdo sobre Asistencia Judicial en materia penal.
Normativa que vincula a la UE y a la República Popular China: