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Convenio entre España y la República Oriental del Uruguay para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
09/10/2009
Comentario:
Convenio entre el Reino de España y la República Oriental del Uruguay para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 9 de octubre de 2009.
- El presente Convenio entra en vigor el 24 de abril de 2011, transcurrido un plazo de tres meses a partir de la fecha de recepción de la última notificación a que se refiere el apartado 1, según se establece en su artículo 28 (Texto completo).
Otros Convenios ratificados por España en materia fiscal:
- Albania, Argentina, Bélgica, Canadá, Catar, Costa Rica, Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China, Chipre, República Dominicana, EEUU, Georgia, India, Reino Unido, Repúblicas Socialistas Soviéticas, Serbia y Singapur.
- Recopilación externa de todos los Convenios de doble imposición firmados por España.
Algunos de los Convenios bilaterales entre España y Uruguay:
- Tratado de Paz y Amistad (19.07.1870).
- Tratado General de Cooperación y Amistad, anexo y acuerdo económico integrante del mismo.
- Convenio sobre conflictos de leyes en materia de alimentos para menores y reconocimiento y ejecución de decisiones y transacciones judiciales relativas a alimentos.
- Acuerdo sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el territorio del otro.
- Convenio sobre traslado de personas condenadas.
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