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Decisión 2013/122/UE por la que se fija la fecha de entrada en funcionamiento del Sistema de Información de Visados (VIS) en una cuarta y una quinta región.
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Decisiones
Fecha:
07/03/2013
Comentario:
Decisión 2013/122/UE de Ejecución de la Comisión, de 7 de marzo de 2013, por la que se fija la fecha de entrada en funcionamiento del Sistema de Información de Visados (VIS) en una cuarta y una quinta región.
- El Sistema de Información de Visados entrará en funcionamiento en las regiones cuarta y quinta previstas por la Decisión de Ejecución 2012/274/UE de la Comisión, de 24 de abril de 2012, por la que se determina el segundo grupo de regiones para la puesta en marcha del Sistema de Información de Visados (VIS), el 14 de marzo de 2013.
- De conformidad con la Decisión de Ejecución 2012/274/UE la cuarta región en que debe iniciarse la recogida y transmisión de datos al VIS para todas las solicitudes de visado comprende Benín, Burkina Faso, Cabo Verde, Costa de Marfil, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bissau, Liberia, Malí, Níger, Nigeria, Senegal, Sierra Leona y Togo; y la quinta región comprende Burundi, Camerún, República Centroafricana, Chad, Congo, República Democrática del Congo, Guinea Ecuatorial, Gabón, Ruanda y Santo Tomé y Príncipe.
- Texto completo.
Normativa desarrollada: