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Decisión de Ejecución (UE) 2015/912 de la Comisión, por la que se fija la fecha de puesta en marcha del VIS en las regiones vigésima primera, vigésima segunda y vigésima tercera.
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Decisiones
Fecha:
12/06/2015
Comentario:
- El Sistema de Información de Visados entrará en funcionamiento en las regiones vigésima primera, vigésima segunda y vigésima tercera el 20 de noviembre de 2015.
- De acuerdo con la Decisión 2013/493/UE el 23 de junio de 2015, la vigésima primera región está integrada por los siguientes países: Andorra, Santa Sede, Mónaco y San Marino. La vigésima segunda región por Irlanda y Reino Unido. Finalmente, la vigésima tercera región por Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Italia, Islandia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia y Suiza (Texto completo).
Información sobre la puesta en funcionamiento del Sistema de Información de Visados (VIS):
- En las regiones primera, segunda y tercera: Decisión 2010/49/CE.
- En las regiones cuarta y quinta: Decisión 2013/122/UE.
- En las regiones sexta y séptima: Decisión 2013/266/UE.
- En la región octava: Decisión 2013/441/UE.
- En la región decimosexta: Decisión 2014/540/UE.
- En las regiones decimoséptima y la decimoctava: Decisión 2015/731.
- En la región decimonovena: Decisión 2015/854.
- En la región vigésima: Decisión 2015/913.
Decisión de Ejecución (UE) 2015/912 de la Comisión, de 12 de junio de 2015, por la que se fija la fecha de puesta en marcha del Sistema de Información de Visados (VIS) en las regiones vigésima primera, vigésima segunda y vigésima tercera.