Decisión (UE) 2018/201. Establece la posición que debe adoptarse en el seno del Comité Mixto de Facilitación de Visados instituido por el Acuerdo entre la UE y Azerbaiyán sobre la facilitación de la expedición de visados.

Tipo de Legislación: Derecho Comunitario
Tipo de Acto: Decisiones
Fecha: 23/01/2018
Comentario:

 

Flag of Azerbaijan.svgDecisión (UE) 2018/201 del Consejo, de 23 de enero de 2018, por la que se establece la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión, en el seno del Comité Mixto de Facilitación de Visados instituido por el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Azerbaiyán sobre la facilitación de la expedición de visados, con respecto a la adopción de su reglamento interno.

Antecedentes:

Normativa mencionada:

Otros países con los que la UE ha concluído acuerdos de liberalización de visados:

Bibliografía:

Otros textos que vinculan a la Unión Europea y a la República de Azerbaiyán:

Financiado por: Ministerio de Trabajo e Inmigración
Coordinado por: Universidad de León