Noticias
Decisión (UE) 2018/201. Establece la posición que debe adoptarse en el seno del Comité Mixto de Facilitación de Visados instituido por el Acuerdo entre la UE y Azerbaiyán sobre la facilitación de la expedición de visados.
Tipo de Legislación:
Derecho Comunitario
Tipo de Acto:
Decisiones
Fecha:
23/01/2018
Comentario:
Decisión (UE) 2018/201 del Consejo, de 23 de enero de 2018, por la que se establece la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión, en el seno del Comité Mixto de Facilitación de Visados instituido por el Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Azerbaiyán sobre la facilitación de la expedición de visados, con respecto a la adopción de su reglamento interno.
Antecedentes:
Normativa mencionada:
- Acuerdo entre la Unión Europea y la República de Azerbaiyán sobre la facilitación de la expedición de visados.
- Decisión 2014/242/UE y Decisión 2013/695/UE.
Otros países con los que la UE ha concluído acuerdos de liberalización de visados:
- Albania, Bosnia Herzegovina, Cabo Verde, Georgia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Moldavia, Montenegro, Rusia, Ucrania y Serbia.
Bibliografía:
- Álvarez Rodríguez, Aurelia.: "Requisitos para la entrada en territorio español", Cavas Martínez, Faustino (Dir.).: Comentarios a Ley de Extranjería y a su nuevo Reglamento, Cizur Menor (Navarra), Aranzadi-Thomson Reuters, 2011, pp. 373-391.
- Álvarez Rodríguez, Aurelia.: "Delimitación del Espacio Schengen", Cavas Martínez, Faustino (Dir.).: Comentarios a Ley de Extranjería y a su nuevo Reglamento, Cizur Menor (Navarra), Aranzadi-Thomson Reuters, 2011, pp. 1011-1021.
Otros textos que vinculan a la Unión Europea y a la República de Azerbaiyán: