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Terminación del Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre España e India.
Tipo de Legislación:
Relaciones internacionales
Tipo de Acto:
Tratados bilaterales
Fecha:
30/09/1997
Comentario:
Terminación del Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República de la India, hecho en Nueva Delhi el 30 de septiembre de 1997.
- El Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República de la India, hecho «ad referendum» en Nueva Delhi el 30 de septiembre de 1997, entró en vigor el 15 de diciembre de 1998.
- Mediante Nota Verbal de 23 de marzo de 2016, el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de la India, comunicó a la Parte española la denuncia del mismo de acuerdo con lo establecido en su artículo 14, siendo su fecha de terminación el 22 de marzo de 2017.
- Respecto a las inversiones efectuadas antes de la fecha de expiración del Acuerdo, según prevé el apartado 2 del citado artículo, las disposiciones de todos los demás artículos del mismo seguirán estando en vigor por un período de quince años a partir de dicha fecha (Texto completo). Corrección de errores (BOE, 25.05.2017).
Noticia relacionada:
- Denuncia del Acuerdo con India sobre protección de inversores. © Moncloa.es (Consejo de Ministros 12.05.2017).
Datos sobre el Convenio denunciado:
- Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República de la India, hecho «ad referendum» en Nueva Delhi el 30 de septiembre de 1997. Este texto entró en vigor el 15 de diciembre de 1998, fecha de la última modificación cruzada entre las Partes comunicando el cumplimiento de las respectivas formalidades constitucionales, según se establece en su artículo 14.1 (BOE, 03.02.1999) y corrección de errores (BOE, 28.04.1999).
Otros Convenios con la República de la India:
- Convenio y Protocolo con la India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal.
- Acuerdo con la India sobre traslado de personas condenadas.
- Acuerdo con la India sobre la exención recíproca de visados para titulares de pasaportes diplomáticos.
- Acuerdo para el intercambio y protección recíproca de información clasificada y su ratificación.
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